Servicios
Tendidos de TV por cable y transmisión de datos
El Ente de la Ciudad controla el estado de las redes instaladas en la vía pública, tanto aéreas como subterráneas, del servicio de televisión por cable y servicios complementarios en las veintiseis mil seiscientas (26600) cuadras aproximadamente, de la ciudad. Conforme a la normativa que lo regula y en lo que ello afectare a la seguridad pública.
Proveedores
Transmisión de TV por cable
- Cablevision S.A.
- Telecentro S.A.
Transmisión de datos
- Telecom S.A.
- Telmex Argentina S.A.
- Telefónica de Argentina S.A.
- Diveo Argentina S.A.
- C.P.S. Comunicaciones S.A.
- BT Latam S.A.
- Gigared S.A.
- NSS S.A.
- Cablevision S.A.
- Level 3
Qué hacemos?
Competencias del Ente
El Ente Único Regulador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cumple con la función de control, regulación y fiscalización de los servicios públicos de la Ciudad de Buenos Aires.
Información útil
- El tendido y todos sus componentes no deberán afectar ninguna abertura, movimiento de los cerramientos o protecciones, y respetar en todos los casos los valores urbanísticos y estéticos.
- Las tapas de las cámaras de inspección instaladas en las veredas no deberán presentar resaltos que pudieren afectar la seguridad pública.
- Normativa Vigente
Ley Nº 5074/14, Ley Nº 2634/08 C.A.B.A. Decreto Reglamentario Nº 238/08 crea el Registro de Empresas autorizadas para aperturas y roturas en el espacio público.
Ley 1877/05 C.A.B.A. Regula la instalación de redes HFC que se afecten a la prestación de servicios de televisión por cable y servicios complementarios. Decreto 208 del BOCBA N° 2623 – 09/02/07.
Responsabilidades y compromisos
Obligaciones del prestador
El prestador deberá contratar un seguro que cubra la responsabilidad civil por daños y perjuicios que eventualmente pudieran sufrir terceros (personas u objetos), ya sea por causa de las obras en ejecución o por las ya ejecutadas, ante una falla de las mismas.
Deberá suministrar conexión gratuita a los hospitales, escuelas y hogares de internación dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los equipos auxiliares que se colocaren en los frentes, siempre deberán contar con la conformidad de sus propietarios y se deberán respetar las normas del Código de Edificación.
Las instalaciones no deberán afectar la seguridad pública (columnas deterioradas, tensores en mal estado, tendidos aéreos a baja altura, etc.).