Servicios

Taxis

El padrón actual registra 39.065 licencias, cada una de ellas representativa de un vehículo, pese a que no todas se hallan “en servicio”. Actualmente se encuentra cerrado el ingreso de nuevas licencias.

Control y seguimiento

Servicio público de Taxis

Las licencias para prestar el servicio público de autos de alquiler con reloj taxímetro son otorgadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La renovación y la verificación técnica del vehículo la realiza anualmente la firma SGS Argentina S.A.
El servicio de taxi debe cumplirse las 24 horas del día, incluidos sábados, domingos y feriados, en turnos de 8 horas como mínimo: de 06 a 14 hs., de 14 a 22 hs. y de 22 a 06 hs. El reloj taxímetro admitirá una tarifa nocturna entre las 22 y las 06 hs cuyo importe será de un 20% más que el valor de la ficha diurna.

Qué hacemos?

Competencias del Ente

El Ente Único Regulador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cumple con la función de control, regulación y fiscalización de los servicios públicos de la Ciudad de Buenos Aires.

Servicio

Controlamos las actividades prescritas por la normativa respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad del servicio.

Reglamento

Verificamos el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias.

Bases y condiciones

Hacemos cumplir las normativas en materia de transporte a los fines de garantizar el control, seguimiento y resguardo de la calidad de autos de alquiler con taxímetro.

Fiscalización

Realizamos la fiscalización y verificación de las instalaciones en el marco del plan de control propio o por denuncia de los usuarios.

Denuncias

Intervenimos ante la denuncia de los usuarios.

Sanciones

Aplicamos sanciones al prestador del servicio debido al incumplimiento de una norma general o contractual.

Información útil

  • Los conductores estarán obligados al transporte de los perros guías que utilizan los no videntes y de las sillas de ruedas, muletas o cualquier otro elemento que usare la persona discapacitada para su movilidad. Por tales servicios no se cobrará adicional alguno.
  • Cuando el viaje indicado por el usuario no se cumpliere íntegramente por desperfecto de la unidad transportadora, el conductor podrá cobrar el importe que hasta ese momento marque el reloj taxímetro, previa deducción de la suma estipulada para la bajada de bandera.
  • El conductor de taxi podrá negarse a la prestación del servicio por causas de inconducta evidente del usuario, quedando facultado para solicitar su identificación y la colaboración de la autoridad policial si lo estimare conveniente.
  • También podrá rehusarse cuando la falta de higiene del usuario o las características del equipaje que éste desea transportar, pudieran afectar el tapizado de los asientos o el baúl del vehículo.
  • Actualmente los pasajeros pueden solicitar un ticket del viaje realizado.
Denuncias

Qué hacer?

  • Ante los siguientes incumplimientos por parte del chofer el usuario podrá efectuar la denuncia ante el Ente de la Ciudad, informando: Nº de patente, N° del vehículo y/o Nº de licencia del chofer.
  • Falta de identificación interior / exterior
  • Recorrido excesivo de un viaje
  • Falta de identificación interior / exterior
  • Recorrido excesivo de un viaje
Ingresá tu denuncia
  • Ley N° 3622 que incorporó el Título Décimo Segundo a la Ley N° 2148.
    Decreto Nº 143/2012. Resolución Nº 258/SSTRANS/2012. Resolución Nº 69/SSTRANS/2014
Responsabilidades y compromisos

Obligaciones del prestador

Los automóviles de alquiler con taxímetro deberán disponer de iluminación adecuada en el interior del vehículo, que facilite la lectura del reloj; los datos del chofer y del titular de la licencia, y de la tarifa, cuya exhibición es obligatoria en el interior del vehículo.
El conductor deberá realizar el viaje por el recorrido más directo, pudiendo el usuario indicarle otro recorrido deseado.
Se deberá facilitar el acceso de personas con movilidad reducida, así como el transporte de sillas de ruedas y perros guías. El conductor deberá transportar sin cargo un bulto de hasta 0.90 x 0.40 x 0.30 cm, pudiendo percibir por cada bulto adicional una suma equivalente a 5 fichas de valor diurno.