Servicios
Subterráneos
La red de subterráneos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires consta de seis líneas de subterráneos y el premetro.
Líneas de transporte
La red de subterráneos, tiene como objetivo promover movilidad en condiciones de seguridad, confort y calidad urbana, descongestionar el tránsito vehicular y mejorar la integración de la Ciudad.
Qué hacemos?
Competencias del Ente
El Ente Único Regulador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cumple con la función de control, regulación y fiscalización de los servicios públicos de la Ciudad de Buenos Aires.
Información útil
- El Operador deberá informar constantemente a los usuarios acerca de cualquier causa de interrupción, suspensión o cancelación en el servicio. Ante el anuncio de interrupción del servicio, el usuario podrá solicitar el reintegro del dinero o un nuevo boleto magnético válido por un viaje. Resolución 40/EURSPCABA/2002
- El certificado de discapacidad previsto previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transportes terrestres, sometidos a contralor de la autoridad nacional. Para tramitar el Certificado de Discapacidad: Centro de Información y Orientación de COPIDIS Teléfono: 5552-6500 interno 8136153. Horario de atención: lunes a viernes de 9.00 a 16.00 horas. Correo electrónico: copidisinformes@buenosaires.gob.ar
- Las personas no videntes podrán viajar en los vehículos de transporte públicos de pasajeros de corta, media y larga distancia, sometidas a contralor de autoridad nacional, acompañadas de un (1) perro guía, previa autorización que extenderá la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
- El animal autorizado a viajar como perro guía deberá hacerlo con bozal y deberá ubicárselo de manera tal que no afecte la comodidad y desplazamiento de los restantes usuarios. El no vidente será responsable de todos los perjuicios que pudiere ocasionar el animal.
- Los estudiantes secundarios de establecimientos públicos o privados con subvención estatal o de polimodal y terciarios no universitarios tienen derecho a obtener un boleto diferencial de un valor correspondiente al 50% del valor del boleto mínimo de las líneas de autotransporte público colectivo de jurisdicción nacional. Están habilitados para realizar viajes de lunes a viernes y sábados hasta las 14 horas, siempre que en ella conste el horario de concurrencia a las actividades. Para saber cómo obtener este beneficio el usuario podrá comunicarse con el operador.
- Los jubilados, pensionados, retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad con haber mínimo mensual, código 001 + CHM del recibo de haberes de jubilación o pensión, podrán viajar sin cargo de lunes a viernes de 05:00 a 7:00 hs. y de 10:00 a 16:00 hs., así como los sábados, domingos y feriados sin restricción horaria, previa tramitación del pase.
- Los alumnos de escuelas de enseñanza oficial pública obligatoria podrán viajar sin cargo vistiendo el guardapolvo blanco durante el año lectivo, previa tramitación del pase escolar.
Abonos
- Estudiantil: pueden adquirir el abono los alumnos de escuelas secundarias y de nivel terciario no universitario que concurran a establecimientos estatales o privados con subvención del Estado, previa tramitación del Abono.
- Maestro: Pueden adquirir el abono, a partir del inicio del ciclo lectivo, los docentes de establecimientos escolares que dependen del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que tengan Pase Maestro.
- Social: Pueden adquirir el abono los beneficiarios de planes sociales administrados por el GCBA; beneficiarios del Plan Jefes y Jefas de Hogar; personas en situación de desempleo crónico o recurrente; personas que acrediten poseer ingresos familiares que se encuentren por debajo de la canasta básica familiar que publica el INDEC; personas que acrediten encontrarse en situación de indigencia; beneficiarios del subsidio por la tragedia de Cromañón; ex combatientes de Malvinas; aquellos grupos identificados por normas vigentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con necesidades especiales o en situación de alta vulnerabilidad social.
- Se podrán obtener en los centros Subtepass que están ubicados en las estaciones:
- Federico Lacroze – Subte B
- Av. de Mayo – Subte C (combinación con Subte A)
- 9 de Julio – Subte D (combinación con Subte C y B)
- Independencia – Subte E (combinación con Subte C)
- Horario de atención de lunes a viernes de 8 a 18hs. Gestión de abonos de 8 a 17.30hs.
- Para evacuar consultas comunicarse al 0800-555-1616.
Ante un extravío, inconvenientes o desmagnetización del abono acercarse a los centros mencionados.
Denuncias
Qué hacer?
- Si la escalera mecánica no funciona identificar el día y hora del evento, estación, Nº de escalera o en su defecto alguna información que haga posible la identificación de la ubicación de la misma, si es interna o externa, si es externa a que calle es la salida, si es interna el sentido de circulación de los coches, etc.
- Si el ascensor no funciona identificar en lo posible, día y hora del evento, estación, Nº de ascensor o en su defecto alguna información que haga posible la identificación del mismo, como ser si es interno o externo, si es externo a que calle es la salida, si es interno el sentido de circulación de los coches, etc.
- Interrupción del servicio o falta de frecuencia: identificar sentido de marcha, día, hora, línea y estación.
- Para efectuar una denuncia por cualquier anomalía en el servicio o perjuicio ocasionado, el usuario deberá asentarla en el Libro de Quejas que se encuentra en las boleterías de todas las estaciones. Luego, podrá dirigirse al Ente y efectuar su denuncia. La nota asentada en el Libro de Quejas servirá como constatación para la prosecución de la denuncia ante el Ente.
Normativa Vigente
Ley N° 210 CABA, Ley N° 4472 CABA, Ley N° 24240, Ley N° 2148 CABA y demás Leyes y Normas aplicables al Servicio Público de Subterráneos de pasajeros y Premetro.