Servicios

Subterráneos

La red de subterráneos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires consta de seis líneas de subterráneos y el premetro.

Líneas de transporte

Servicio de subterráneo y premetro

La red de subterráneos, tiene como objetivo promover movilidad en condiciones de seguridad, confort y calidad urbana, descongestionar el tránsito vehicular y mejorar la integración de la Ciudad.

Qué hacemos?

Competencias del Ente

El Ente Único Regulador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cumple con la función de control, regulación y fiscalización de los servicios públicos de la Ciudad de Buenos Aires.

Servicio

Controlamos las actividades prescritas por la normativa respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad del servicio.

Reglamento

Verificamos el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias.

Bases y condiciones

Controla el cumplimiento de las leyes y normas aplicables al servicio público de subterráneos de pasajeros y premetro.

Fiscalización

Realizamos la fiscalización y verificación de las instalaciones en el marco del plan de control propio o por denuncia de los usuarios.

Denuncias

Intervenimos ante la denuncia de los usuarios.

Sanciones

Aplicamos sanciones al prestador del servicio debido al incumplimiento de una norma general o contractual.

Información útil

  • El Operador deberá informar constantemente a los usuarios acerca de cualquier causa de interrupción, suspensión o cancelación en el servicio. Ante el anuncio de interrupción del servicio, el usuario podrá solicitar el reintegro del dinero o un nuevo boleto magnético válido por un viaje. Resolución 40/EURSPCABA/2002
  • El certificado de discapacidad previsto previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transportes terrestres, sometidos a contralor de la autoridad nacional. Para tramitar el Certificado de Discapacidad: Centro de Información y Orientación de COPIDIS Teléfono: 5552-6500 interno 8136153. Horario de atención: lunes a viernes de 9.00 a 16.00 horas. Correo electrónico: copidisinformes@buenosaires.gob.ar
  • Las personas no videntes podrán viajar en los vehículos de transporte públicos de pasajeros de corta, media y larga distancia, sometidas a contralor de autoridad nacional, acompañadas de un (1) perro guía, previa autorización que extenderá la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
  • El animal autorizado a viajar como perro guía deberá hacerlo con bozal y deberá ubicárselo de manera tal que no afecte la comodidad y desplazamiento de los restantes usuarios. El no vidente será responsable de todos los perjuicios que pudiere ocasionar el animal.
  • Los estudiantes secundarios de establecimientos públicos o privados con subvención estatal o de polimodal y terciarios no universitarios tienen derecho a obtener un boleto diferencial de un valor correspondiente al 50% del valor del boleto mínimo de las líneas de autotransporte público colectivo de jurisdicción nacional. Están habilitados para realizar viajes de lunes a viernes y sábados hasta las 14 horas, siempre que en ella conste el horario de concurrencia a las actividades. Para saber cómo obtener este beneficio el usuario podrá comunicarse con el operador.
  • Los jubilados, pensionados, retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad con haber mínimo mensual, código 001 + CHM del recibo de haberes de jubilación o pensión, podrán viajar sin cargo de lunes a viernes de 05:00 a 7:00 hs. y de 10:00 a 16:00 hs., así como los sábados, domingos y feriados sin restricción horaria, previa tramitación del pase.
  • Los alumnos de escuelas de enseñanza oficial pública obligatoria podrán viajar sin cargo vistiendo el guardapolvo blanco durante el año lectivo, previa tramitación del pase escolar.

Abonos

  • Estudiantil: pueden adquirir el abono los alumnos de escuelas secundarias y de nivel terciario no universitario que concurran a establecimientos estatales o privados con subvención del Estado, previa tramitación del Abono.
  • Maestro: Pueden adquirir el abono, a partir del inicio del ciclo lectivo, los docentes de establecimientos escolares que dependen del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que tengan Pase Maestro.
  • Social: Pueden adquirir el abono los beneficiarios de planes sociales administrados por el GCBA; beneficiarios del Plan Jefes y Jefas de Hogar; personas en situación de desempleo crónico o recurrente; personas que acrediten poseer ingresos familiares que se encuentren por debajo de la canasta básica familiar que publica el INDEC; personas que acrediten encontrarse en situación de indigencia; beneficiarios del subsidio por la tragedia de Cromañón; ex combatientes de Malvinas; aquellos grupos identificados por normas vigentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con necesidades especiales o en situación de alta vulnerabilidad social.
  • Se podrán obtener en los centros Subtepass que están ubicados en las estaciones:
  • Federico Lacroze – Subte B
  • Av. de Mayo – Subte C (combinación con Subte A)
  • 9 de Julio – Subte D (combinación con Subte C y B)
  • Independencia – Subte E (combinación con Subte C)
  • Horario de atención de lunes a viernes de 8 a 18hs. Gestión de abonos de 8 a 17.30hs.
  • Para evacuar consultas comunicarse al 0800-555-1616.
    Ante un extravío, inconvenientes o desmagnetización del abono acercarse a los centros mencionados.
Denuncias

Qué hacer?

  • Si la escalera mecánica no funciona identificar el día y hora del evento, estación, Nº de escalera o en su defecto alguna información que haga posible la identificación de la ubicación de la misma, si es interna o externa, si es externa a que calle es la salida, si es interna el sentido de circulación de los coches, etc.
  • Si el ascensor no funciona identificar en lo posible, día y hora del evento, estación, Nº de ascensor o en su defecto alguna información que haga posible la identificación del mismo, como ser si es interno o externo, si es externo a que calle es la salida, si es interno el sentido de circulación de los coches, etc.
  • Interrupción del servicio o falta de frecuencia: identificar sentido de marcha, día, hora, línea y estación.
  • Para efectuar una denuncia por cualquier anomalía en el servicio o perjuicio ocasionado, el usuario deberá asentarla en el Libro de Quejas que se encuentra en las boleterías de todas las estaciones. Luego, podrá dirigirse al Ente y efectuar su denuncia. La nota asentada en el Libro de Quejas servirá como constatación para la prosecución de la denuncia ante el Ente.
Ingresá tu denuncia

Normativa Vigente
Ley N° 210 CABA, Ley N° 4472 CABA, Ley N° 24240, Ley N° 2148 CABA y demás Leyes y Normas aplicables al Servicio Público de Subterráneos de pasajeros y Premetro.

Responsabilidades y compromisos

Obligaciones del prestador

Prestar un servicio de calidad teniendo como único objetivo la satisfacción del usuario.
Deberá cumplir con la programación del servicio ya sea en cuanto a los coches despachados, servicio programado, intervalos aprobados y cumplimiento del horario de inicio y fin del servicio.
En todas las estaciones se deberán indicar los horarios de salida del primero y del último tren y la hora a la que arriba a la estación de origen del viaje del pasajero.
El Operador deberá garantizar la calidad de las estaciones y coches (limpieza, conservación, iluminación y seguridad), así como la información accesible concerniente a recorridos, diagrama de la línea, plano de la Red, combinaciones a la que es posible acceder, calles de salida, frecuencia del servicio, etc., e información a los usuarios sobre cualquier anormalidad que se presentare en el servicio en cualquier tramo de la red.
El Operador deberá garantizar la existencia de un formulario de quejas foliado para que los usuarios puedan volcar por triplicado sus Reclamos, Denuncias y/o Consultas.
Todo el personal de la Red y que esté en contacto con el público deberá estar debidamente identificado.