Servicios

Multas fotográficas

La prestación del servicio consiste en un sistema de captación, registro gráfico y procesamiento de infracciones de tránsito (violación de luz roja, invasión de senda peatonal y exceso de velocidad), conforme a las definiciones de la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial de la Nación y el Digesto de Tránsito de la CABA.

Sistema de reconocimiento electrónico de patentes

Plan microcentro

A partir de febrero de 2016 rige en la zona de Microcentro la prohibición de circular entre las av. Córdoba, Leandro N. Alem, Av. De Mayo y Carlos Pellegrini de lunes a viernes de 11 a 16hs para vehículos particulares (excepto aquellos vehículos que posean el permiso para circular). El Gobierno de la Ciudad activó un sistema de cámaras que detectan las patentes de los autos que circulan en la zona.

Son 24 máquinas las colocadas en la zona delimitada por Avenida de Mayo, Carlos Pellegrini, Córdoba y Leandro N. Alem que registran a cualquier vehículo cuando entra o sale de la zona restringida. La prohibición de circulación afecta únicamente a los autos particulares. Tanto ambulancias, patrulleros, motos, correos, grúas, vehículos de carga y descarga, camiones de caudales y otros tipos de vehículos pueden circular sin problemas.

Qué hacemos?

Competencias del Ente

El Ente Único Regulador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cumple con la función de control, regulación y fiscalización de los servicios públicos de la Ciudad de Buenos Aires.

Servicio

Controlamos las actividades prescritas por la normativa respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad del servicio.

Reglamento

Verificamos el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias.

Bases y condiciones

Controlamos el cumplimiento de las leyes que regulan el código de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fiscalización

Realizamos la fiscalización y verificación de las instalaciones en el marco del plan de control propio o por denuncia de los usuarios.

Denuncias

Intervenimos ante la denuncia de los usuarios.

Sanciones

Aplicamos sanciones al prestador del servicio debido al incumplimiento de una norma general o contractual.

Información útil

  • ¿Cómo funciona el sistema?
  • Cada cámara saca dos fotos, una de la chapa patente y otra del auto, para que quede claro en qué lugar se registró la infracción. Además, la imagen tiene la fecha, hora y la cuadra. Entre 20 y 30 días hábiles después, el infractor recibirá en su casa el acta.
  • Las infracciones posibles de ser captadas por los equipos son las siguientes:
  • Límites de velocidad permitida, violación de luz roja, invasión de senda peatonal, uso y/o cruce indebido de carril común y/o exclusivo, carga y descarga fuera del horario permitido, estacionamiento en lugares no permitidos, salvo en lugares en los que rija el sistema de estacionamiento medido.
  • Las actas de comprobación de infracciones deberán tener:
  • Número de acta de comprobación.
  • Nombre del propietario del vehículo infractor.
  • Marca, modelo y dominio del vehículo infractor.
  • Tipo de infracción.
  • Fecha y hora de infracción.
  • Lugar de infracción.
  • Individualización del equipo que se utilizó para la comprobación de la infracción.
  • Fotografía del vehículo de la cual surja inequívocamente la infracción cometida.
  • Ampliación de la fotografía del vehículo de la cual surja inequívocamente la infracción cometida detallando el dominio (número de patente) del mismo.

Permisos

Quienes tienen una cochera fija en la zona también pueden entrar al microcentro, pero para ello necesitan pedir un permiso que tiene un costo y se renueva anualmente. El trámite para solicitarlo se hace totalmente por internet, en la página: buenosaires.gob.ar/movilidad. Los datos que se piden son los de la cédula verde y una documentación que acredite que uno tiene acceso a una cochera fi ja, ya sea una escritura, un contrato de alquiler o las tres últimas boletas del garaje. A los cinco días hábiles a más tardar, la Ciudad responde con un comprobante online, no hace falta ir a retirar un permiso porque los datos ya se suben a la base.

Requisitos para particulares:
  • Propietario: título de propiedad o contrato de locación del estacionamiento y cédula verde o azul.
  • Locatario: contrato de locación o los últimos tres recibos de alquiler (si no figuraran los datos de la cochera se requiere autorización de uso firmada por el propietario en el que se aclaren) y cédula verde o azul.
  • Usuario (sin contrato de alquiler): autorización de uso firmada por propietario, título de propiedad y cédula verde o azul.
Requisitos para remises de provincia (CABA exentos)
  • Constancia de habilitación del local.
  • Constancia de habilitación de cada uno de los vehículos para los que se quiera obtener el permiso (un permiso por auto).
  • Cédula verde o azul de los vehículos.
Habilitado
  • Deberá tener toda la documentación escaneada.
  • Si es un particular y solicita un permiso, tiene que poseer o alquilar una cochera fija y numerada en la zona restringida.
  • Solo puede solicitar un permiso por cada cochera que posea o alquile.
  • El permiso puede estar asignado hasta dos autos por cochera.
  • Para la renovación tiene que entregar el permiso anterior, o la denuncia de robo o extravío si correspondiera.
  • Para retirar el permiso tiene que presentar cédula verde o azul y DNI y permiso anterior (en caso de renovación).
  • Permiso original, cambio de vehículo o duplicado (por extravío, pérdida, robo, hurto o deterioro). Tiene costo y su renovación es anual.
Denuncias

Qué hacer?

Si algunas de los puntos detallados anteriormente no están explicitados en la fotomulta, el usuario podrá solicitar un turno con el controlador, y cuestionar la validez de la infracción. También podrá dirigirse al Ente de la Ciudad para que sea efectuado el Reclamo correspondiente a la concesionaria y ante el GCBA.

Ingresá tu denuncia

Decreto 1139/09. Aprueba la Licitación Pública N° 1692-09 que adjudica el nuevo pliego de fotomultas a Siemens y CECAITRA.
A partir del 2015 se aprueba la Licitación Pública Nº 2051- 0240-LPU15.
Ley 451. Código de Faltas de la Ciudad.
Ley 1217. Procedimiento de Faltas de la Ciudad.

Prestaciones

Obligaciones del prestador

Deberá asegurar que el equipamiento provisto sea de tecnología digital, que cuente con el registro de imágenes de las infracciones a través de dispositivos adecuados, inviolables y que no habiliten bajo ninguna circunstancia su adulteración.
Deberá proveer el equipamiento para la constatación de infracciones de violación de luz roja, invasión de senda peatonal y exceso de velocidad debidamente homologados y calibrados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).