Servicios
Higiene urbana
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene una superficie de 20.000 hectáreas y una población cercana a los 3 millones de habitantes.
Durante el día se produce un fuerte intercambio de población con el conurbano bonaerense por lo que se calcula que la población diurna de la Ciudad, supera los 4 millones de habitantes que generan en promedio 1.5 kg. de residuos diarios por persona. En total son 5000 toneladas envíadas diariamente al relleno sanitario CEAMSE.
Proveedores
La Ciudad, a los fines de la prestación del servicio, se ha subdividido en siete zonas (ver mapa), de las cuales seis fueron asignadas a empresas privadas y una (zona 5) quedó a cargo de la administración del Gobierno de la Ciudad como Zona Testigo, prestando el servicio el Ente de Higiene Urbana de la CABA.
Qué hacemos?
Competencias del Ente
El Ente Único Regulador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cumple con la función de control, regulación y fiscalización de los servicios públicos de la Ciudad de Buenos Aires.
Información útil
- Los usuarios deberán sacar la basura de 20 a 21 hs. En zonas de alto impacto se efectuará una vez por día durante los siete días de la semana y en zonas residenciales, una vez por día durante seis días de la semana (en zonas AAI y A1 y 6 veces por semana para las A2). En villas de emergencia, dos veces por día durante los siete días de la semana. El servicio podrá ser realizado durante el turno mañana, tarde o noche.
- El servicio de Barrido Manual incluye el vaciado de los cestos papeleros.
- El Barrido Mecánico solo se prestará en las arterias de alto tránsito vehicular (Avenidas y calles principales) y en zonas con estacionamiento prohibido o programado.
- El producto del barrido manual deberá ser embolsado y dispuesto dentro de los contenedores.
- El retiro de residuos voluminosos provenientes de viviendas, tales como muebles, artefactos del hogar, troncos, etc. será SIN CARGO para el usuario.
- En la recolección de residuos voluminosos, verdes y restos de obra y demoliciones, los usuarios deberán coordinar el día y el horario de retiro comunicándose al 147. La contratista deberá resolver el pedido de retiro dentro de los plazos estipulados en el pliego.
- Contenedores: El contratista deberá tener un acopio de repuestos accesorios, como así también stock de contenedores, que permitan que las sustituciones y/o reparaciones se efectúen dentro de las 12 hs. de notifi cado o relevado el hecho.
- Cestos papeleros: El contratista deberá tener un acopio de repuestos accesorios, como así también stock de cestos papeleros, que permitan que las sustituciones y/o reparaciones se efectúen dentro de las 24 hs. de notifi cado o relevado el hecho.
Residuos domiciliarios – Fracción seca
- El retiro de la fracción seca estará a cargo de Cooperativas de Recuperadores Urbanos.
- La fracción seca o de productos reciclables, (papeles, plásticos, cartones, metales, etc.) ya posee un circuito de recuperación realizada en gran parte por los recuperadores urbanos y organizaciones de la sociedad civil.
La Ley 4120, que constituye el marco regulatorio del Servicio Público de Higiene Urbana (SPHU) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fija los siguientes objetivos. - Promover la reducción de la generación de residuos, el tratamiento y la selección domiciliaria en origen y la formación de una conciencia de preservación ambiental en el ámbito industrial, comercial, de los usuarios y los consumidores.
- Alentar la recuperación, reciclado, reutilización, aprovechamiento y valorización de residuos en el ámbito de los generadores, los usuarios, los consumidores y los gestores de residuos.
- Asegurar que la gestión de residuos se realice de modo que no ponga en peligro la salud humana y atente contra la conservación de un ambiente sano y equilibrado, apto para el consumo y el desarrollo humano y las generaciones futuras.
- Se han sumado, además, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires nuevos Centros Verdes con el objeto de realizar una pormenorizada separación y tratamiento de los materiales secos que serán recolectados de los contenedores y/o campanas y de las cargas diferenciadas provenientes de los grandes generadores. El manejo de los Centros Verdes estará a cargo de las Cooperativas de Recuperadores Urbanos, las que deberán estar inscriptas en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables de la Dirección General de Reciclado (DGREC), cumpliendo con lo reglamentado y establecido en la Ley 992.
- Las Cooperativas contarán con financiamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus componentes societarios poseen la responsabilidad económica de la misma.
- Los materiales reciclables deberán estar siempre limpios y secos.
- Desde 2013, la separación de residuos de los consorcios es obligatoria.
- La administración del consorcio deberá contactar a la cooperativa que opera en el barrio. Si todavía no lo han hecho, podrán consultar cuál les corresponde en este link.
Solicitalos llamando al 147
Servicios programados
-
Recolección de Residuos Voluminosos
Son aquellos que por sus características no pueden ser dispuestos en las estaciones de transferencia de cargas o no pueden ser cargados en las unidades compactadoras. Comprenden residuos tales como heladeras, cocinas, muebles, sanitarios; no incluye automóviles.
-
Recolección de Restos Verdes
Son el resultado de poda o corte de césped y/o desmalezamientos efectuados por los usuarios, de jardines y/o patios de inmuebles. Asimismo, el servicio consiste en el levantamiento y traslado de árboles y/o ramas caídas que obstruyan al tránsito vehicular y/o peatonal.
-
Recolección de Restos de Obras y Demoliciones
Se retirarán hasta 500 kg., como máximo, o un metro cúbico (1m³) de escombros depositados en la vía pública (veredas).
- Una vez efectuado el pedido al 147, el Centro de Reclamos de CABA deberá informar al usuario día y hora del retiro.
Barrido y limpieza de calles
- Consiste en extraer o quitar todo RSU o suciedad de las calzadas y/o veredas y de otros espacios de uso público, no concesionados a terceros distintos del contratista, dentro de la zona adjudicada, mediante el proceso de barrido o aspiración y mediante el uso de todo otro procedimiento necesario para mantener el espacio público en condiciones higiénicas.
- Las empresas deberán proveer, instalar y mantener en funcionamiento como mínimo dos cestos papeleros por cuadra de la Ciudad.
- Asimismo se deberá prever el servicio de Barrido y Limpieza de las cazuelas de los árboles y de los maceteros de las veredas.
- El cordón de la vereda deberá estar libre de malezas.
Sumideros
- El servicio de limpieza de sumideros y nexos deberá tener una frecuencia promedio en la zona de una vez por mes, e incluye: a) limpieza y desobstrucción de sumideros, sus cámaras y sus nexos hasta su desembocadura en cámara o conducto; b) información diaria de roturas o desperfectos en sus cámaras y sus nexos que impidan su normal desagote o captación o signifiquen un peligro para peatones o vehículos; c) realización de un catastro de sumideros.
- Cuando las condiciones de lluvia o sudestada fueran críticas y el GCABA implementara su plan de emergencia, se atenderán las áreas que éste disponga mientras dure la emergencia.