Servicios

Autopistas urbanas

Actualmente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con 128km de autopistas urbanas.

Proveedor

Empresa prestadora

El prestador concesionario del servicio es AUSA – Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (Art 1 de la Ley 3060).
La traza vial comprende por Ley 3060 y modificatorias a: Autopista 25 de Mayo (AU-1), Autopista Perito Moreno (AU-6), Autopista Presidente Héctor J. Cámpora (AU-7), Autopista Teniente General Luis J. Dellepiane, Autopista Presidente Arturo Frondizi (AV-1 Sur), Autopista Presidente Arturo Umberto Illia (AV-1 Norte), Paseo del Bajo, Av. 27 de Febrero, Av. 9 de Julio, Av. Rafael Obligado, Av. Castillo, Av. Güiraldes, Av. Gendarmería Nacional, Av. Antártida Argentina y Avenida Lugones y Cantilo de acceso gratuito.

Qué hacemos?

Competencias del Ente

El Ente Único Regulador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cumple con la función de control, regulación y fiscalización de los servicios públicos de la Ciudad de Buenos Aires.

Servicio

Controlamos las actividades prescritas por la normativa respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad del servicio.

Reglamento

Está aprobado por el Decreto 2356/03 modificado posteriormente por diversas Resoluciones y Decretos.

Bases y condiciones

Controlamos el correcto cumplimiento de la Ley 3060 y del Reglamento de Explotación aprobado por el Decreto 2356/03 y modificatorias.

Fiscalización

Realizamos la fiscalización y verificación de las instalaciones en el marco del plan de control propio o por denuncia de los usuarios.

Denuncias

Intervenimos ante la denuncia de los usuarios.

Sanciones

Aplicamos sanciones al concesionario ante faltas relacionadas con alguna norma general o con el Reglamento de Explotación.

Información útil

Para comunicarte con la empresa prestadora llamá al 0800-666-2872 o vía correo electrónico a cac@ausa.com.ar

  • En cada estación de peaje troncal debe haber un servicio de banderilleros o de mensajería variable que informe a los conductores con anticipación cuáles son las vías para el cobro de peaje más liberadas.
  • Los valores actualizados de las tarifas deberán estar a la vista de los usuarios en todas las estaciones de peaje.
  • En el ticket, producto del pago, la concesionaria deberá incluir sus datos.
  • Se recomienda conservar el ticket para el caso en el que fuere necesario efectuar un Reclamo y/o una Denuncia.
  • El usuario puede consultar el Reglamento completo de explotación de las Autopistas concesionadas por AUSA en Internet en este link.
Denuncias

Qué hacer?

Si la barrera no es levantada y se cumplen las condiciones mencionadas anteriormente para que esto suceda, el usuario podrá solicitar el libro de quejas que debe constar en todas las estaciones de peaje y las oficinas de atención al usuario. Luego podrá presentar un reclamo en el Ente de la Ciudad. La información volcada en el libro de quejas servirá de prueba para la prosecución del trámite.

Si el usuario sufriere un incidente por un objeto que estuviere obstruyendo el paso en la autopista y el vehículo se dañara, el usuario podrá presentarse en el Ente de la Ciudad para efectuar un Reclamo. Para realizarlo deberá presentarse con la siguiente documentación: DNI, cédula de identificación del automotor, copia del formulario de Reclamo ante AUSA (sólo en el caso de haberlo realizado), y el ticket de peaje como prueba. Normativa Vigente Decreto de la Ciudad Nº 2356/03, modificado por Decreto N° 98/2011. Aprueba el reglamento de explotación al que debe ajustarse AUSA para la conservación y explotación de la red concesionada y áreas conexas.

Ingresá tu denuncia

Decreto de la Ciudad Nº 2356/03, modificado por Decreto N° 98/2011. Aprueba el reglamento de explotación al que debe ajustarse AUSA para la conservación y explotación de la red concesionada y áreas conexas. Ley 3060 y modificatorias.

Responsabilidades y compromisos

Obligaciones del prestador

La concesionaria será responsable del mantenimiento, explotación y administración de las autopistas a su cargo y demás obras que se especifiquen en los contratos de concesión vigentes.
La concesionaria deberá garantizar la fluidez del tránsito y la normal circulación vehicular. La red vial deberá encontrarse libre de escombros, chatarra, basura y desperdicios de cualquier naturaleza. Las empresas encargadas de este servicio deberán garantizar el tránsito en condiciones normales las 24 horas, los 365 días del año, siendo responsables del mantenimiento de calzadas, desagües, áreas verdes, instalaciones, como así también de la seguridad vial y el accionar en caso de emergencias.
La concesionaria será civilmente responsable por los daños y perjuicios ocasionados por su culpa o negligencia, de conformidad con la legislación vigente.
En todas las estaciones de peaje y las oficinas de atención al usuario, deberá ponerse a disposición de los usuarios un Reglamento de Explotación para su consulta, copias para su venta al costo y un Libro de quejas rubricado y foliado por el GCABA.
La concesionaria deberá contar con un servicio de remolques o grúas gratuitos para el despeje de las calzadas de vehículos inmovilizados o accidentados, hasta la primera salida de la red; un sistema de telefonía o postes parlantes para que los usuarios soliciten auxilio en caso de percances o accidentes, y contar además con baños públicos en buenas condiciones de higiene y salubridad.